viernes, 18 de julio de 2008

Rector ilegal de la URP quiere reelegirse como presidente de la asamblea nacional de rectores para el periodo 2008-2010

Al parecer ahora el rector de la URP Iván Rodríguez Chávez tiene los dias contados, puesto que un grupo elite de personas, conocidos como el Patronato de la URP ha iniciado un pedido legal de nulidad de la candidatura de este rector a la presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores e impugnación de su participación en la sesión del pleno del 4 de agosto del 2008. Aqui les dejo un fragmento del documento que el Patronato de la URP ha presentado:

AL PLENO DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES
Atención: Señor Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores

Dirección : Calle Aldabas No. 337 – Urb. Las Gardenias, Santiago de Surco.

S.P
ASOCIACION PATRONATO DE LA UNIVERSIDAD RICARDO PALMA, inscrita en la Partida Registral Nº 11401295 del Registro de Personas Jurídicas de Lima, debidamente representada por su Presidente Dr. RIDBERTH MARCELINO RAMÍREZ MIRANDA, Magister y Doctor en Economía, con DNI Nº 06126546, con Domicilio Procesal para estos efectos en el Jr. Puno No. 388 – Segundo Piso, Lima; a usted atentamente decimos: Que ante la proximidad de la sesión del PLENO DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES sobre elección del nuevo Presidente de la ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES para el periodo 2008-2010 y con la finalidad de que dicho acto eleccionario no adolezca de vicios insalvables que sean motivo de fuente de conflictos en el sistema universitario, al amparo de lo previsto en el inc. 1 del Art. 10 de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, SOLICITAMOS LA NULIDAD DE LA CANDIDATURA DE ELIO IVAN RODRIGUEZ CHAVEZ A LA PRESIDENCIA DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES E IMPUGNAMOS SU PARTICIPACION EN LA SESION DEL PLENO DEL 4 DE AGOSTO DEL 2008 EN REPRESENTACION DE LA UNIVERSIDAD RICARDO PALMA, en mérito a los siguientes fundamentos:... (Pueden leer el documento completo en el blog del Patronato de la URP).

Mis felicitaciones a las personas del Patronato de la URP.

1 comentario:

fesalro dijo...

AL PLENO DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES


Atención: Señor Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores

Dirección : Calle Aldabas No. 337 – Urb. Las Gardenias, Santiago de Surco.


S.P

ASOCIACION PATRONATO DE LA UNIVERSIDAD RICARDO PALMA, inscrita en la Partida Registral Nº 11401295 del Registro de Personas Jurídicas de Lima, debidamente representada por su Presidente Dr. RIDBERTH MARCELINO RAMÍREZ MIRANDA, Magister y Doctor en Economía, con DNI Nº 06126546, con Domicilio Procesal para estos efectos en el Jr. Puno No. 388 – Segundo Piso, Lima; a usted atentamente decimos:

Que nuevamente recurrimos ante ustedes para continuar sustentando el ILEGAL RECTORADO QUE VIENE EJERCIENDO ELIO IVAN RODRIGUEZ CHAVEZ EN LA UNIVERSIDAD RICARDO PALMA, para que ente la proximidad de la sesión del PLENO DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES sobre elección del nuevo Presidente de la ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES para el periodo 2008-2010 y con la finalidad de que dicho acto eleccionario no adolezca de vicios insalvables que sean motivo de fuente de conflictos en el sistema universitario, se disponga la LA NULIDAD DE LA CANDIDATURA DE ELIO IVAN RODRIGUEZ CHAVEZ A LA PRESIDENCIA DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES ADEMAS DE IMPUGNAMOS SU PARTICIPACION EN LA SESION DEL PLENO DEL 29 DE AGOSTO DEL 2008 EN REPRESENTACION DE LA UNIVERSIDAD RICARDO PALMA, en mérito a lo siguiente: :


PODER JUDICAL DECLARA QUE ELIO IVAN RODRIGUEZ CHAVEZ NO ES RECTOR LEGITIMO DE LA UNIVERSIDAD RICARDO PALMA



Que mediante SENTENCIA DE LA SALA TRANSITORIA ESPECIALIZADA EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE FECHA 25 DE JULIO DEL 2008 recientemente notificada a la recurrente, ha sido declarado INFUNDADA LA DEMANDA formulada por Elio Iván Rodríguez Chavez contra el ESTADO – Registros Públicos, mediante el cual este personaje solicitaba ser inscrito como Rector de la Universidad Ricardo Palma en la partida registral de la Universidad.

Que esta demanda interpuesto en el año 2001, es la primera de una serie de demanda iniciadas por este personaje contra el Estado, por lo tanto constituye el referente de las demás acciones judiciales que están formuladas con el único objeto de que el Poder Judicial legitime su ilegal ejercicio rectoral, ya que en la vía administrativa no lo ha podido conseguir, al no superar la CALIFICACION DE LEGALIDAD que han sido sometido sus documentos que sustentan su nombramiento como rector de la URP, que en muchos casos contienen falsificaciones, por lo que esta siendo procesado en la actualidad por el 27º. Juzgado Penal de Lima.

Que los fundamentos de la sentencia son contundentes y confirman la CALIFICACION DE LEGALIDAD efectuada por los funcionarios registrales, calificación que la realizan a los documentos que el mismo presenta y quienes han observado defectos insubsanables por no estar adecuados al ESTATUTO UNIVERSITARIO y la Ley Universitaria. Es decir el nombramiento de Rodríguez no cumple ni con el Estatuto y la Ley Universitaria. ¿ En estas condiciones se puede continuar ejerciendo el cargo de Rector de una Universidad?.

Con esta grave deficiencia en su nombramiento, el mencionado personaje ha accedido al cargo de PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES, institución que por defecto de la Ley Universitaria no tiene facultades para calificar la legalidad de los documentos que acreditan a un Rector y lo acogen en su seno; empero se esta a tiempo de corregir dicha ilegal situación no permitiendo que un Rector que no puede acreditar fehacientemente su nombramiento legitimo como tal, continúe al frente de dicha institución suprauniversitaria y por lo tanto corresponde que sea apartado de la conducción de tan prestigiosa institución , no permitiéndole postular a una tercera reelección en el seno suprauniversitario.

Que de persistir en continuar acogiendo este personaje, se compromete la legalidad y legitimidad de los actos de la Asamblea Nacional de Rectores y será fuente de permanentes conflictos en los actos y acciones que realice en dicha condición.

Que la AUTONOMIA UNIVERSITARIA no puede ser utilizada para dar cobijo a autoridades universitarias ilegales y que no debe ser esgrimida en este caso, donde hasta el PODER JUDICAL ha confirmado la ilegalidad del nombramiento como rector de la Universidad Ricardo Palma de ELIO IVAN RODRIGUEZ CHAVEZ.

Que se debe evitar que las instituciones tutelares del sistema Universitario se desprestigien acogiendo a ilegales y falsas autoridades universitarias, como única alternativa de fortalecer y mejorar la calidad de nuestras Universidades, así como se debe combatir toda forma de corrupción que permita acceder a autoridades cuestionadas a la conducción de cualquier institución donde se imparta la educación en cualquiera de sus modalidades.


Señores Rectores, LA ILEGAL PERMANENCIA DE ELIO IVAN RODRIGUEZ CHAVEZ COMO RECTOR DE LA UNIVERSIDAD RICARDO PALMA, SU INCORPORACION A LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES ASI COMO SU CANDIDATURA PARA UN NUEVO PERIODO DE GOBIERNO EN LA PRESIDENCIA DE LA ANR AGRAVIA Y GENERA INESTABILIDAD A DICHO ENTE SUPRAUNIVERSITARIO, QUE CONTRIBUYE A SU DESPRESTIGIO Y DESLEGITIMACION; por lo que les solicitamos apartar a dicho personaje de la Presidencia de la ANR y suspender la participación de la Universidad Ricardo Palma en la sesión plenaria del 29 de agosto del 2008 hasta que acredite a sus legitimas autoridades con mandato vigente.


ANEXOS : Adjuntamos como medios probatorio:


Copia de la SENTENCIA DE LA SALA TRANSITORIA ESPECIALIZADA EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE FECHA 25 DE JULIO DEL 2008 recientemente notificada a la recurrente, que declara INFUNDADA LA DEMANDA formulada por Elio Iván Rodríguez Chavez contra el ESTADO – Registros Públicos, mediante el cual solicitaba ser inscrito como Rector de la Universidad Ricardo Palma en la partida registral de la Universidad.


Lima, 25 de agosto del 2008.



PATRONATO DE LA UNIVERSIDAD RICARDO PALMA